Pues lo que dice el título, la justicia explicita en una sentencia aboslutoria que la descarga sin ánimo de lucro no es una infracción merecedora de sanción penal.
Atentos, mi pesimismo me dice que si no es penal la sanción terminará siendo administrativa o de cualquier otro tipo. En cualquier caso, los artistas/piratas de la recaudación no se quedarán de brazos cruzados viendo cómo nos reímos de sus pretensiones fallidas. Y visto lo visto del gobierno radical de izquierdas (notad la ironía!!) no tardarán mucho en contraatacar estos recaudadores insaciables.
miércoles, noviembre 01, 2006
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